“Voy a leer una
carta que me ha hecho llegar una ciudadana de Sarandí del Yí que dice lo
siguiente: “Sr. Edil Departamental, por la presente me dirijo a usted para
solicitar una respuesta a la solicitud de un puesto de trabajo en el Municipio
de Sarandí del Yí amparada en el artículo 49 de la ley 18.651 – Protección Integral
de Personas con Discapacidad - . Luego de hacer el trámite en dicho municipio la
respuesta que obtuve por escrito es la siguiente: “Se informa que atento a los informes que anteceden en sección personal,
sección recursos humanos, así como del Alcalde de Sarandí del Yí, Sr. Pereira,
surgiendo del referido en último término que a la fecha no existe vacante
alguna en dicho Municipio. Esta asesoría sugiere, salvo mayor opinión que en
virtud de lo expuesto y de la normativa vigente y aplicable se tenga en cuenta
a la gestionante en caso de existir alguna vacante en el Municipio de Sarandí del Yí, la cual sea
acorde al su perfil profesional como a sus capacidades, idoneidad, competencia,
Expediente numero 2013-7007.” Pasado unos 15 días ingresaron nuevos funcionarios
al Municipio y yo no fui tenida en cuenta, los nuevos funcionarios desempeñan
una labor que mi discapacidad me permite realizar ya que padezco un problema motriz
pero estoy capacitada. Tengo secundaria completa, administración, informática,
educadora pre escolar, primeros auxilios, etc.- En esta ciudad no se cumple con
dicha ley ya que no hay personas con discapacidad ocupando puestos. La ley
expresa que el Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los
Servicios Descentralizados y las personas en derecho público no estatales están
obligados a ocupar personas con discapacidad que reúnan condiciones de
idoneidad para el cargo en una proporción mínima no inferior al 4% de sus
vacantes. La persona con discapacidad que ingrese de esta manera gozará de las
mismas obligaciones que prevé la legislación laboral, aplicable a todos los
funcionarios públicos sin perjuicio de la aplicación de normas diferenciadas cuando
ello sea estrictamente necesario. Suscribe Viviana Gladys Temesio Rodríguez”.
Esta es una
señora que me dio una carpeta con todos sus diplomas de cursos realizados. Ha
tenido una preparación enorme. El único problema que tiene es un tema de
motricidad. Ella se ha capacitado para ser una funcionaria en cualquier
repartición del estado como dice la ley. Uno pide que se cumpla la ley, porque
si las leyes están hechas y no se cumplen es bastante triste, más cuando esta
persona ha luchado y se ha capacitado enormemente. Pido que esto pase a la
Comisión de Derechos Humanos de la Junta, al Sr. Intendente Departamental y a
la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento.
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