“Queremos en la
noche de hoy pronunciarnos sobre la reforma constitucional que a través de
plebiscito se plantea en las próximas elecciones nacionales referente a la mal
llamada: “baja de edad de imputabilidad penal”.
Que como integrantes del sistema político creo que tenemos el deber y la
obligación de hacerlo. Quiero en primer lugar mencionar que esta reforma
constitucional lejos de apuntar al problema de la minoridad en infracción de la
ley penal la puede agravar siendo además errónea, ineficaz y peligrosa. Expreso
claramente mi discrepancia con esta iniciativa en la medida que lo que pretende
es constitucionalizar una temática que nada tiene que ver con la constitución,
parte de una base temporal equivocada e ignora la existencia de normas específicas
sobre la imputabilidad de los menores en nuestro código de la niñez y la
adolescencia y finalmente de ser aprobada va a tener un efecto contrario al que
se quiere lograr. Pero además va a crear un problema interpretativo de la misma
de extrema gravedad para los jueces letrados que tengan en esta materia debido
a que la baja de edad de imputabilidad no es perceptiva se le otorga
discrecionalidad al tribunal para eximir o atenuar la pena según el menor tenga
o no madurez de discernimiento suficiente y esto lo deberá hacer en apenas 48
horas. No lo comparto debido a que estimo que en un estado democrático como el
nuestro no podemos llegar al nivel de renuncia que significa aceptar que como
no somos capaces de tratar a la minoridad infractora de forma debida debemos
renunciar a valores tan trascendentales para nuestra sociedad tales como el
tratamiento en condición de adolescente a aquel individuo que todavía no ha
alcanzado una madurez psicofísica emocional suficiente, creo que estaríamos
fundando la argumentación en nuestra propia culpa en nuestra propia
inoperancia. En ningún país del mundo la reducción de la edad de la
imputabilidad penal se tradujo en una baja de la delictividad, lo que sí ha
funcionado en el mundo es todo lo contrario a lo que se intenta aquí desjudicialización
de conflictos sociales, despenalización de conductas y código penal mínimo,
desinstitucionalización de las penas, o sea regímenes alternativos a la privación
de libertad como medidas rehabilitadoras. Si es un error es injusto partir de
él y perjudicarlos como generación como ciudadanos que serán del futuro cuando
sus injustos acusadores ya no estén además la sociedad regida por los adultos
es la responsable de que vivan cada vez peor, peor los jóvenes que los adultos,
los adolescentes que los jóvenes y los niños que los adolescentes. Si la
mayoría de edad se alcanza a los 18 años para todos los actos de la vida civil,
me pregunto: porque no aplicarse la regla a los actos de la vida penal, por lo
cual si se juzga y responsabiliza desde el sistema penal a las personas de 16
años se debería aplicar la misma lógica en todo el derecho civil,
constitucional si los menores de 18 años son conscientes y responsables de
delitos y prestos a la privación de libertad también deberían poder elegir a
sus gobernantes mediante el voto, vender los inmuebles de su propiedad,
responder en los actos de la vida civil, contraer matrimonio sin necesidad de
asentimiento de sus ascendientes, reconocer hijos naturales sin intervención de
ninguna otra voluntad que la suya o tal vez lo que se intenta aquí o se
pretende es legislar para perjudicar el status jurídico de los niños y los
adolescentes. La postura de bajar la edad de imputabilidadcontradice también el
artículo primero de la convención sobre los derechos del niño que establece:
que se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que en
virtud que la ley que le fuere aplicable haya cumplido la mayoría de edad, y en
Uruguay la mayoría de edad se alcanza a los 18 años. Esta norma rige en Uruguay
desde el año 1990 y también se estaría contradiciendo el artículo 43 de la
Constitución de la Republica que dispone: que la ley procurará que la
delincuencia infantil esté sometida a un régimen especial. Además de ello la
reforma proyectada contiene iniciativas que ya están vigentes en nuestro país,
a saber la ley que habilita a mantener los antecedentes de los menores
infractores, la ley que habilita a castigar la tentativa de hurto y en
infracciones gravísimas a utilizar los menores en la comisión de los delitos y
quiero terminar con una última reflexión que esta campaña de bajar la edad de
imputabilidad penal y el endurecimiento punitivo hacia los menores atiende a
dos de las principales emociones que resultan clave en la política: el miedo y
la esperanza”.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario