"La semana próxima pasada se celebró la semana del peatón, tema muy importante para toda la ciudadanía desde varios puntos de vista, social, humano, material, económico, etc.
La UNASEV llevó adelante una campaña de prevención y educación, con miras a mejorar el tránsito, y en este caso, del peatón.
Entre las medidas de prevención se recomienda el “caminar por el medio de la vereda”.
En nuestro Departamento, y en especial la ciudad de Durazno, se hace muy difícil cumplir con la recomendación dada por la UNASEV Unidad Nacional de Seguridad Vial ya que:
· Hay un alto porcentaje de veredas en muy mal estado
· Hay comercios que no respetan el Decreto 1680 de Ordenanza de Edificación en especial el art. 129 el cual establece la prohibición de poder colocar mercaderías que obstaculicen el tránsito, entre otras obligaciones.
· Hay falta de señalización, o de mantenimiento de las mismas, siendo muy pocas las cebras pintadas correctamente y que permitan en forma clara marcar al peatón el lugar de cruzar en las calles principales.
· Falta de bajadas especiales para todas aquéllas personas discapacitadas, siendo casi imposible en nuestra ciudad salir con una silla de ruedas, ya que no hay lugares de bajadas en las esquinas, obligando a todas las personas que padecen algún impedimento y que utilizan una silla de ruedas para poder trasladarse a bajar por los garajes de las casas y andar por las calles, con todo el peligro que dicha situación genera.
Ante estas causas, la Agrupación de “Todos por Durazno” propone las siguientes medidas a corto plazo.
1.- Solicitar al Ejecutivo Departamental un “Plan veredas” el cual debe consistir en las siguientes medidas:
Hacer un relevamiento del estado de las veredas y aquéllas que no estén en buen cuidado intimar al “frentista propietario u ocupante” o al que jurídicamente le corresponda, el arreglo de la misma en un plazo de 3 meses a partir de la notificación.
En caso de no realizarse, el Gobierno Departamental deberá instrumentar un equipo especial para el arreglo de las mismas, dichos costos de materiales y mano de obra se le imputarán en la Contribución Inmobiliaria del bien.
De contar con buena voluntad por los contribuyentes, podrá el Ejecutivo proporcionar como incentivo parte del material para el arreglo de las veredas, obligándose el titular del bien a contratar al personal para el arreglo del mismo.
Esta medida, deberá ser coordinada con el BPS, para que exonere el pago de los aportes correspondientes como una forma de incentivar el arreglo de las mismas.
2.- Se propone la modificación del art. 129 del Decreto 1680 en base a las siguientes consideraciones:
Se mantiene el principio de que “está prohibido la colocación en las aceras, de mesas, estantes, cajones y muebles de cualquier tipo destinado a la venta accidental o permanente o a cualquier otro uso, que entorpezcan el paso de los peatones, obstaculicen el ascenso o descenso de los mismos o su visibilidad para hacerlo”.
Se exceptúa de este principio a los comercios instalados en el ramo de provisión, despensas o supermercados …. a una distancia de 80 centímetros.
Se propone:
a. Eliminar de esta excepción a los supermercados, en el entendido de que dichas empresas ya deben contar con suficiente lugar para poder exhibir sus productos.
b. Las infracciones a la colocación de mercaderías en las veredas aumentarlas en la siguiente forma: La primera vez con una multa de 20 UR (el decreto prevé 0.5UR). La segunda vez con una multa de 40 UR (el decreto prevé 4 UR). La tercera vez la multa se incrementará en 100 UR (el decreto prevé que luego de la segunda se vaya a la clausura) y así sucesivamente, sin perjuicio de la potestad que posee el Gobierno Departamental de clausurar el comercio por incumplimiento de esta norma.
El fundamento para aumentar las multas se debe a que es inconcebible como en las principales calles de nuestra Ciudad, comercios de gran porte utilizan las veredas como medio para incrementar sus negocios en perjuicio total del ciudadano, y a la responsabilidad social que todos los comercios y empresas deben poseer para contribuir a una ciudad amigable para todos.
c. Eliminar la parte final del artículo mencionado el cual habilita a la Intendencia a retirar las mercaderías para luego rematarlas o donarlas.
Se entiende que esta parte de la norma es inaplicable, genera un costo muy alto para el Gobierno Departamental y una responsabilidad muy alta por el cuidado de los objetos retirados, llevando a la Intendencia a no aplicar la norma, por no tener todo una infraestructura que permita ejecutar dichos procedimientos y de hacerlo termina siendo de demandante en demandado.
d. Se propone introducir en dicho artículo la siguiente redacción:
“Todo habitante de nuestro Departamento podrá denunciar ante el Gobierno Departamental el no cumplimiento de esta disposición, mediante medios de prueba que acrediten la situación invocada.
El Gobierno Departamental se obliga a en un plazo de 48 horas hábiles a concurrir al lugar para acreditar la situación. Si la denuncia viniera acompañada de una prueba fidedigna, como acta de constatación por un Escribano Público, el Gobierno Departamental deberá en forma inmediata intimar al comercio a retirar las mercaderías y aplicar la sanción correspondiente. De lo recaudado por concepto de multa, se deberá devolver al denunciante los gastos generados para su denuncia.
Esta disposición deberá ser reglamentada de tal forma que se acrediten los gastos en forma objetiva.
3.- Se propone la creación de un equipo permanente de mantenimiento de las señalizaciones de tránsito, en el entendido que de acuerdo a la ley 18.191 el Estado en general deber ser responsable y garante en la seguridad del tránsito.
4.- Creación de rampas en las veredas. Se solicita que el Gobierno Departamental instaure una política de mejoramiento de la calidad de vida de las personas que por distintas razones, utilizan a la silla de rueda como medio para su traslado. Dicha políticas, debe incluir la inspección a todos los lugares públicos, para que den cumplimiento a la ley nacional, que obliga a implementar el acceso a todo tipo de personas a sus locales.
- 5.- Junta Departamental. Obligar a la Junta Departamental a que en la próxima modificación presupuestal se destinen los fondos necesarios para realizar las reformas y crear una rampa de acceso."-
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